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HAVANA CLUB VS BACARDI

DE COMO EL LADRON FUE DECLARADO INOCENTE...

Periódico Granma.  –La Habana: 27/04/99 pág.: 4

 Con la aplicación de la "Sección 211" de la Ley del Presupuesto por un Tribunal norteamericano y la violación de las normas internacionales sobre el derecho de la propiedad intelectual, las marcas y patentes, los Estados Unidos abren un nuevo capitulo en su historia de agresiones contra la Revolución cubana: la guerra de las marcas. 

POR: FELIX LOPEZ

A inicios de 1999, antes de las audiencias finales del juicio contra la firma Bacardí, en la Corte Federal del Distrito Sur de Nueva York, alerté‚ desde estas mismas páginas que Havana Club International, S.A., debería ganar el pleito, a no ser que las leyes norteamericanas aplicaran, una vez más, la máxima de Platón: "La justicia no es otra cosa que la conveniencia del más fuerte"(1). 

 Por aquellos días, Bacardí, acusada de producir y comercializar en los Estados Unidos un ron que falsamente se presenta como si fuese cubano, ya había emprendido una acción contra su demandante, insertando entre las 4 000 páginas de la Ley del Presupuesto la conocida "Sección 211", encaminada a anular la protección que los Tribunales norteamericanos están obligados a dar a la marca Havana Club dentro de ese país. 

 La "patente de corso", aprobada por el Congreso el 21 de octubre de 1998 (antes del juicio, pero después de haber comenzado el litigio) abría el camino para que la jueza Shira A. Schelndlin desestimara la acusación de Havana Club, atendiendo a que la nueva disposición establece, arbitrariamente, que "ningún tribunal de los Estados Unidos reconocer , hará  cumplir o de otra manera validar  una reivindicación de derechos" sobre marcas registradas y nombres comerciales en marcas que se usaron en relación con propiedades "confiscadas" por el Gobierno cubano. 

 Era de esperar que la mencionada "Sección 211" se aplicara de forma retroactiva y en detrimento de los principios elementales de la propiedad intelectual, de las marcas y patentes que se aceptan mundialmente, al tratarse de un producto cubano que fue registrado, desde 1974, en la Oficina de Patentes y Marcas de Estados Unidos (USPTO, según su nombre en inglés). 

Lo que resulta realmente asombroso es que, en medio de la campaña publicitaria lanzada por Washington para demostrar que está "flexibilizando" sus posiciones respecto a Cuba, la justicia norteamericana reafirma en su sentencia que "el bloqueo est  vigente" y que "su fin es lejano", para no reconocer el argumento de los demandantes sobre un posible perjuicio comercial futuro: la intención de entrar en el mercado de los Estados Unidos, una vez que la ley lo permita, representa un "interés comercial previsto" que confirió a Havana Club capacidad para presentar su demanda. 

En este sentido, la jueza Schelndlin no pudo preservar el proceso de la enraizada política anticubana de su Gobierno: "La posibilidad de los demandantes de entrar en el mercado estadounidense es muy remota en esta etapa como para conferirle la capacidad de actuar como parte demandante. Se reconoce que el bloqueo se diseñó con efecto temporal. Sin embargo, a pesar de la difundida crítica del bloqueo, éste se ha mantenido por un período de más de 35 años". 

Y antes de hacer público el fallo a favor de Bacardí, estas fueron sus últimas palabras: "No cabe duda de que los demandantes persiguen un objetivo capitalista loable: la competencia justa y el aumento máximo de sus ventas y quizás, incluso, la protección de los consumidores estadounidenses. Sin embargo, su incapacidad para hacerlo en estos momentos, no obedece a las acciones de los demandados, por justas o injustas que éstas sean, sino a la determinación ejecutiva y legislativa de que el bloqueo contra Cuba continúa siendo un componente de nuestra política exterior". 

La decisión del Tribunal deja abierto, casi inevitablemente, un nuevo capítulo en el diferendo entre Cuba y los Estados Unidos: la crisis de las marcas... 

"LISTA CUBA PARA VENDER COCA-COLA". 

¿Qué sucederá  si mañana un periódico o una revista cubanos inserta este anuncio entre sus páginas? ¿Cuál será la reacción de los dueños de la Coca-Cola? ¿Cómo recibirán la noticia aquellos empresarios que han registrado sus marcas en la Isla?... 

No es imposible que esto ocurra. Las acciones de Bacardí (amparadas por un Tribunal norteamericano) han puesto en peligro a más de 400 compañías estadounidenses que tienen registradas marcas en Cuba. Se suponía que la Convención Inter-Americana de Marcas garantizaba el reconocimiento recíproco de las marcas entre los dos países. Pero el Tratado "sabe" por estos días a ron falsificado... Y eso cuesta.  

La propiedad intelectual en la forma de software, películas y registro de inscripción se ha convertido en los últimos años en eje principal de las exportaciones en los Estados Unidos, país que acaba de violar sus obligaciones de proteger la propiedad intelectual de otra nación. 

Según la abogada Lynne Besresford, de la USPTO, "la nueva Ley muestra claramente el mensaje que los Estados Unidos quieren enviar al mundo (nosotros estamos ciertamente lejos de promocionar en la gente la protección de las propiedades internacionales)."  

"La reacción a la enmienda de Bacardí -alertó Lynne- puede tomar varias formas: Cuba tiene derecho a interpretar la disposición como una abrogación de sus derechos bajo la Convención Inter-Americana de Marcas de 1931 de expedientar y mantener una marca en los Estados Unidos. En represalia puede argumentar que queda relevada de las obligaciones del Tratado de reconocer alrededor de 400 marcas norteamericanas registradas en Cuba, incluyendo Hilton, Coca-Cola y Palmolive..."(2). 

Al respecto, en fecha tan temprana como el 8 de enero de 1999, Ricardo Alarcón de Quesada, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, advirtió que "marcas y patentes no existen sólo en un lado, y los derechos y atribuciones con respecto a estándares internacionales necesitan operar para todas las partes. En Cuba hay registradas marcas y patentes de compañías de los Estados Unidos.

Sus dueños deben estar preocupados de que la imprudencia de un gobierno dé lugar a acciones que no pueden quedar sin respuesta".  

Los temores del empresariado norteamericano comienzan a "desclasificarse" e integran ya los sumarios de importantes medios de prensa. El pasado 16 de abril, el Wall Street Journal se refirió en un artículo al "potencial diferendo que representa esta decisión para las relaciones Estados Unidos-Unión Europea", al tiempo que admitía la preocupación de algunos sectores, ante la posibilidad de que Cuba tome represalias contra compañías con marcas registradas en la Isla. 

No es casual que Leon Brittan, comisario de política comercial de la Unión Europea, en su visita de la pasada semana a Washington, tuviera entre sus objetivos el de discutir el tema con el secretario del Tesoro Robert R. Rubin y la secretaria de Estado Madeleine Albright. Desde inicios de año, Jacques Dondoux, secretario de Estado de Comercio Exterior francés, había pedido la intervención de Brittan, para que Pernod Ricard (el socio comercial cubano) no fuera perjudicado (3). 

En octubre del pasado año, Cuba Business, con redacción en Londres, advirtió a la Unión Europea sobre las consecuencias del litigio: "El senador Connie Mack (4) enfiló a la promulgación de la Sección 211 apuntando a la Pernod Ricard. Con el propósito de arruinar o estropear su negocio, Bacardí, que abandonó Cuba después de la Revolución, lanzó una nueva marca de ron en los Estados Unidos con el nombre de Havana Club. La firma francesa objetó ante las cortes el derecho de Bacardí¡ de usar el nombre de la marca, lo que es seguro que acentuará  la controversia si se extiende la influencia de Bacardí con la enmienda del senador Connie Mack". 

La aplicación de la "Sección 211" por un Tribunal norteamericano, y su carácter extraterritorial, han provocado una rápida reacción del Gobierno francés. Fuentes acreditadas en Washington anunciaron que el director de Cancillería del país galo, a cargo de este tema, viajar  a los Estados Unidos esta semana, para discutir el asunto y pedir la realización de un panel por la Organización Mundial de Comercio (OMC) (5).  

El fallo de la corte de Nueva York, el pasado 13 de abril, no hizo otra cosa que validar la sentencia de Ricardo Alarcón: "Los Estados Unidos están a punto de complicarse un poquito más en sus relaciones con el resto del mundo y crear un precedente negativo".  

DE COMO BACARDI SE PASO DE TRAGOS. 

El juicio ha terminado, pero no su historia. 

Bahamas, otoño de 1995. Bacardí-Martini, consciente de que el bloqueo impide a Havana Club International la comercialización de sus productos en los Estados Unidos, comienza a distribuir un "nuevo" ron en ese país. Su etiqueta de presentación, una vistosa foto del Malecón habanero, lleva el nombre de Havana Club, mientras que su campaña publicitaria usa el siguiente slogan: "Descubra el sabor de La Habana Vieja". Para empezar, 16 cajas de prueba. En 1996 la cifra se eleva a 906. Termina acusado de fraude... 

La creación de Havana Club Holding, S.A. (HCH), había constituido, sin dudas, una amenaza de competencia para Bacardí. El ron cubano, reconocido en el mundo como un producto superior, necesitaba de la experiencia de un socio extranjero para mercadear su producto internacionalmente. Surge así el convenio asociativo entre Pernod Ricard (con filiales en más de 90 países y con posiciones avanzadas en el comercio de whisky, cognac, vinos, aperitivos, licores, ginebra, sidra y refrescos como Orangina) y la compañía cubana Havana Rum and Liquors, S.A.; cada una con el 50 por ciento de HCH. 

Cuando Pernod Ricard entra con su socio cubano en el negocio global del ron, la competencia del mercado (por mucho tiempo estable) comienza a convertirse en un juego peligroso: cada botella de Havana Club vendida en el comercio internacional representa una botella menos a vender de Ron Bacardí. 

De acuerdo con un artículo del Miami Herald (27 de marzo de 1995), "la industria de destilerías ha venido declinando por años. El tequila, el vodka y las bebidas saborizadas se están abaratando, mientras que las ventas de Bacardí en el mercado mundial cayeron de 22 900 000 cajas, en 1990, a 20´000000 en 1993". Y la curva siguió descendiendo... 

Las ventas de 1´000000 de cajas de Havana Club en 1998 y el registro de la marca en 160 países convirtieron a HCH en un peligroso competidor. Es irónico que la compañía que ha empleado el proceso legislativo norteamericano (primero con la Ley Helms-Burton y ahora con la "Sección 211" de la Ley del Presupuesto) no sea una corporación de los Estados Unidos. Sus contribuciones financieras a las campañas políticas y las ventas del ron que produce en México, las Bahamas y Puerto Rico, son sus únicas conexiones con el país que los absolvió de cargos. 

En cuanto al verdadero dueño de la marca, HCH pudo probar en el proceso que Havana Club nunca fue propiedad de la firma Bacardí, sino de José Arechabala, S.A., quien lo produjo en Cuba hasta 1960. A partir del triunfo de la Revolución, la mayoría de los accionistas de esa compañía emigraron a España, desatendiendo su registro de marca, tanto en España como en República Dominicana, incluso antes de ese momento. 

En 1974, siguiendo el abandono de la marca Havana Club, la empresa cubana Cubaexport solicitó inscribirla y logró su registro en los Estados Unidos (No. 103165). Los antiguos accionistas de la Compañía Arechabala no pudieron oponerse por haber prescrito el derecho a establecer ninguna reclamación sobre el registro del Havana Club en la USPTO.  

Fue solamente después de la formación de la asociación de empresa (Joint-Venture), en 1993, que los antiguos dueños, instigados por Bacardí, se interesaron por una marca sobre la cual habían perdido el derecho, según las propias normas legales de los Estados Unidos.  

PROYECTO PARA UN MEMORANDUM

(A las compañías de los Estados Unidos con marcas registradas en Cuba). 

Al emitir su fallo ante la Corte de Nueva York, la jueza Shira A. Schelndlin hizo énfasis en que "ha quedado bien establecido que el Congreso puede aprobar una ley, que efectivamente suprima derechos de los que las partes habrían gozado previamente con arreglo a obligaciones contra¡das en virtud de tratados concertados por los Estados Unidos. Una ley del Congreso est  en paridad plena con un tratado, y cuando un estatuto, que es posterior en tiempo, no esté en armonía con un tratado, el estatuto anula el tratado". 

De acuerdo con esta manera de repartir justicia, Cuba bien podría crear una ley que anule el tratado que ampara a las 400 marcas estadounidenses registradas en la Isla. 

La promulgación de la "Sección 211" es, simplemente, el último episodio de la campaña de Bacardí, compañía que ha utilizado el sistema judicial de los Estados Unidos para obtener una ventaja competitiva sobre un rival comercial. 

Las recientes acciones, incluyendo el fallo en el juicio, no afectan sólo a Havana Club. Ellas ponen en peligro a todas las marcas de compañías estadounidenses registradas en Cuba y podrían caotizar todo el sistema internacional actualmente vigente, el cual implica a Europa y América Latina.  

Los daños no terminaron en el Tribunal. La última pérdida puede ser la de todos los norteamericanos que se benefician con la aplicación de las normas internacionales sobre la propiedad industrial. Las mismas que han sido burladas, groseramente, por el Gobierno de los Estados Unidos. Veremos qué ocurre... 

Notas: 

 (1) A Bacardí le hace daño el Havana Club, en Granma, enero de 1999.

 (2) En Cuba News, noviembre de 1998. 

 (3) Havana Club pugna por su cubalibre, Mauricio Vicent, El Pa¡s, 10 de enero de 1999.  

 (4) Connie Mack ha contado con el apoyo de su colega Bob Graham, ambos son senadores de la Florida. 

 (5) El 23 de abril de 1999, Havana Club Holding anunció su decisión de apelar el fallo emitido el pasado 13 de abril por la Corte Distrital para el Sur de Nueva York.