| HAVANA CLUB VS BACARDI DE COMO EL LADRON FUE DECLARADO INOCENTE...
Periódico Granma.
La Habana: 27/04/99 pág.: 4
Con la
aplicación de la "Sección 211" de la Ley del Presupuesto por un Tribunal
norteamericano y la violación de las normas internacionales sobre el derecho de la
propiedad intelectual, las marcas y patentes, los Estados Unidos abren un nuevo capitulo
en su historia de agresiones contra la Revolución cubana: la guerra de las marcas.
POR: FELIX LOPEZ
A
inicios de 1999, antes de las audiencias finales del juicio contra la firma Bacardí, en
la Corte Federal del Distrito Sur de Nueva York, alerté desde estas mismas páginas
que Havana Club International, S.A., debería ganar el pleito, a no ser que las leyes
norteamericanas aplicaran, una vez más, la máxima de Platón: "La justicia no es
otra cosa que la conveniencia del más fuerte"(1).
Por
aquellos días, Bacardí, acusada de producir y comercializar en los Estados Unidos un ron
que falsamente se presenta como si fuese cubano, ya había emprendido una acción contra
su demandante, insertando entre las 4 000 páginas de la Ley del Presupuesto la conocida
"Sección 211", encaminada a anular la protección que los Tribunales
norteamericanos están obligados a dar a la marca Havana Club dentro de ese país.
La
"patente de corso", aprobada por el Congreso el 21 de octubre de 1998 (antes del
juicio, pero después de haber comenzado el litigio) abría el camino para que la jueza
Shira A. Schelndlin desestimara la acusación de Havana Club, atendiendo a que la nueva
disposición establece, arbitrariamente, que "ningún tribunal de los Estados Unidos
reconocer , hará cumplir o de otra manera validar una reivindicación de
derechos" sobre marcas registradas y nombres comerciales en marcas que se usaron en
relación con propiedades "confiscadas" por el Gobierno cubano.
Era de
esperar que la mencionada "Sección 211" se aplicara de forma retroactiva y en
detrimento de los principios elementales de la propiedad intelectual, de las marcas y
patentes que se aceptan mundialmente, al tratarse de un producto cubano que fue
registrado, desde 1974, en la Oficina de Patentes y Marcas de Estados Unidos (USPTO,
según su nombre en inglés).
Lo que resulta realmente
asombroso es que, en medio de la campaña publicitaria lanzada por Washington para
demostrar que está "flexibilizando" sus posiciones respecto a Cuba, la justicia
norteamericana reafirma en su sentencia que "el bloqueo est vigente" y que
"su fin es lejano", para no reconocer el argumento de los demandantes sobre un
posible perjuicio comercial futuro: la intención de entrar en el mercado de los Estados
Unidos, una vez que la ley lo permita, representa un "interés comercial
previsto" que confirió a Havana Club capacidad para presentar su demanda.
En este sentido, la jueza
Schelndlin no pudo preservar el proceso de la enraizada política anticubana de su
Gobierno: "La posibilidad de los demandantes de entrar en el mercado estadounidense
es muy remota en esta etapa como para conferirle la capacidad de actuar como parte
demandante. Se reconoce que el bloqueo se diseñó con efecto temporal. Sin embargo, a
pesar de la difundida crítica del bloqueo, éste se ha mantenido por un período de más
de 35 años".
Y antes de hacer público
el fallo a favor de Bacardí, estas fueron sus últimas palabras: "No cabe duda
de que los demandantes persiguen un objetivo capitalista loable: la competencia justa y el
aumento máximo de sus ventas y quizás, incluso, la protección de los consumidores
estadounidenses. Sin embargo, su incapacidad para hacerlo en estos momentos, no obedece a
las acciones de los demandados, por justas o injustas que éstas sean, sino a la
determinación ejecutiva y legislativa de que el bloqueo contra Cuba continúa siendo un
componente de nuestra política exterior".
La decisión del Tribunal
deja abierto, casi inevitablemente, un nuevo capítulo en el diferendo entre Cuba y los
Estados Unidos: la crisis de las marcas...
"LISTA CUBA PARA
VENDER COCA-COLA".
¿Qué sucederá si
mañana un periódico o una revista cubanos inserta este anuncio entre sus páginas?
¿Cuál será la reacción de los dueños de la Coca-Cola? ¿Cómo recibirán la noticia
aquellos empresarios que han registrado sus marcas en la Isla?...
No es imposible que esto
ocurra. Las acciones de Bacardí (amparadas por un Tribunal norteamericano) han puesto en
peligro a más de 400 compañías estadounidenses que tienen registradas marcas en Cuba.
Se suponía que la Convención Inter-Americana de Marcas garantizaba el reconocimiento
recíproco de las marcas entre los dos países. Pero el Tratado "sabe" por estos
días a ron falsificado... Y eso cuesta.
La propiedad intelectual en
la forma de software, películas y registro de inscripción se ha convertido en los
últimos años en eje principal de las exportaciones en los Estados Unidos, país que
acaba de violar sus obligaciones de proteger la propiedad intelectual de otra
nación.
Según la abogada Lynne Besresford, de la USPTO,
"la nueva Ley muestra claramente el mensaje que los Estados Unidos quieren enviar al
mundo (nosotros estamos ciertamente lejos de promocionar en la gente la protección
de las propiedades internacionales)."
"La reacción a la enmienda de Bacardí -alertó
Lynne- puede tomar varias formas: Cuba tiene derecho a interpretar la disposición como
una abrogación de sus derechos bajo la Convención Inter-Americana de Marcas de 1931 de
expedientar y mantener una marca en los Estados Unidos. En represalia puede argumentar que
queda relevada de las obligaciones del Tratado de reconocer alrededor de 400 marcas
norteamericanas registradas en Cuba, incluyendo Hilton, Coca-Cola y Palmolive..."(2).
Al respecto, en fecha tan temprana
como el 8 de enero de 1999, Ricardo Alarcón de Quesada, presidente de la Asamblea
Nacional del Poder Popular, advirtió que "marcas y patentes no existen sólo en un
lado, y los derechos y atribuciones con respecto a estándares internacionales necesitan
operar para todas las partes. En Cuba hay registradas marcas y patentes de compañías de
los Estados Unidos.
Sus dueños deben estar
preocupados de que la imprudencia de un gobierno dé lugar a acciones que no pueden quedar
sin respuesta".
Los temores del
empresariado norteamericano comienzan a "desclasificarse" e integran ya los
sumarios de importantes medios de prensa. El pasado 16 de abril, el Wall Street Journal se
refirió en un artículo al "potencial diferendo que representa esta decisión para
las relaciones Estados Unidos-Unión Europea", al tiempo que admitía la
preocupación de algunos sectores, ante la posibilidad de que Cuba tome represalias contra
compañías con marcas registradas en la Isla.
No es casual que Leon
Brittan, comisario de política comercial de la Unión Europea, en su visita de la pasada
semana a Washington, tuviera entre sus objetivos el de discutir el tema con el secretario
del Tesoro Robert R. Rubin y la secretaria de Estado Madeleine Albright. Desde inicios de
año, Jacques Dondoux, secretario de Estado de Comercio Exterior francés, había pedido
la intervención de Brittan, para que Pernod Ricard (el socio comercial cubano) no fuera
perjudicado (3).
En octubre del pasado año,
Cuba Business, con redacción en Londres, advirtió a la Unión Europea sobre las
consecuencias del litigio: "El senador Connie Mack (4) enfiló a la promulgación de
la Sección 211 apuntando a la Pernod Ricard. Con el propósito de arruinar o estropear su
negocio, Bacardí, que abandonó Cuba después de la Revolución, lanzó una nueva marca
de ron en los Estados Unidos con el nombre de Havana Club. La firma francesa objetó ante
las cortes el derecho de Bacardí¡ de usar el nombre de la marca, lo que es seguro que
acentuará la controversia si se extiende la influencia de Bacardí con la enmienda
del senador Connie Mack".
La aplicación de la
"Sección 211" por un Tribunal norteamericano, y su carácter extraterritorial,
han provocado una rápida reacción del Gobierno francés. Fuentes acreditadas en
Washington anunciaron que el director de Cancillería del país galo, a cargo de este
tema, viajar a los Estados Unidos esta semana, para discutir el asunto y pedir la
realización de un panel por la Organización Mundial de Comercio (OMC) (5).
El fallo de la corte de
Nueva York, el pasado 13 de abril, no hizo otra cosa que validar la sentencia de Ricardo
Alarcón: "Los Estados Unidos están a punto de complicarse un poquito más en sus
relaciones con el resto del mundo y crear un precedente negativo".
DE COMO BACARDI SE PASO
DE TRAGOS.
El juicio ha terminado,
pero no su historia.
Bahamas, otoño de 1995. Bacardí-Martini, consciente de
que el bloqueo impide a Havana Club International la comercialización de sus productos en
los Estados Unidos, comienza a distribuir un "nuevo" ron en ese país. Su
etiqueta de presentación, una vistosa foto del Malecón habanero, lleva el nombre de
Havana Club, mientras que su campaña publicitaria usa el siguiente slogan: "Descubra
el sabor de La Habana Vieja". Para empezar, 16 cajas de prueba. En 1996 la cifra se
eleva a 906. Termina acusado de fraude...
La creación de Havana Club
Holding, S.A. (HCH), había constituido, sin dudas, una amenaza de competencia para
Bacardí. El ron cubano, reconocido en el mundo como un producto superior, necesitaba de
la experiencia de un socio extranjero para mercadear su producto internacionalmente. Surge
así el convenio asociativo entre Pernod Ricard (con filiales en más de 90 países y con
posiciones avanzadas en el comercio de whisky, cognac, vinos, aperitivos, licores,
ginebra, sidra y refrescos como Orangina) y la compañía cubana Havana Rum and Liquors,
S.A.; cada una con el 50 por ciento de HCH.
Cuando
Pernod Ricard entra con su socio cubano en el negocio global del ron, la competencia del
mercado (por mucho tiempo estable) comienza a convertirse en un juego peligroso: cada
botella de Havana Club vendida en el comercio internacional representa una botella menos a
vender de Ron Bacardí.
De acuerdo con un artículo
del Miami Herald (27 de marzo de 1995), "la industria de destilerías ha venido
declinando por años. El tequila, el vodka y las bebidas saborizadas se están abaratando,
mientras que las ventas de Bacardí en el mercado mundial cayeron de 22 900 000 cajas, en
1990, a 20´000000 en 1993". Y la curva siguió descendiendo...
Las ventas de 1´000000 de
cajas de Havana Club en 1998 y el registro de la marca en 160 países convirtieron a HCH
en un peligroso competidor. Es irónico que la compañía que ha empleado el proceso
legislativo norteamericano (primero con la Ley Helms-Burton y ahora con la "Sección
211" de la Ley del Presupuesto) no sea una corporación de los Estados Unidos. Sus
contribuciones financieras a las campañas políticas y las ventas del ron que produce en
México, las Bahamas y Puerto Rico, son sus únicas conexiones con el país que los
absolvió de cargos.
En cuanto al verdadero
dueño de la marca, HCH pudo probar en el proceso que Havana Club nunca fue propiedad de
la firma Bacardí, sino de José Arechabala, S.A., quien lo produjo en Cuba hasta 1960. A
partir del triunfo de la Revolución, la mayoría de los accionistas de esa compañía
emigraron a España, desatendiendo su registro de marca, tanto en España como en
República Dominicana, incluso antes de ese momento.
En 1974, siguiendo el
abandono de la marca Havana Club, la empresa cubana Cubaexport solicitó inscribirla y
logró su registro en los Estados Unidos (No. 103165). Los antiguos accionistas de la
Compañía Arechabala no pudieron oponerse por haber prescrito el derecho a establecer
ninguna reclamación sobre el registro del Havana Club en la USPTO.
Fue solamente después de
la formación de la asociación de empresa (Joint-Venture), en 1993, que los antiguos
dueños, instigados por Bacardí, se interesaron por una marca sobre la cual habían
perdido el derecho, según las propias normas legales de los Estados Unidos.
PROYECTO
PARA UN MEMORANDUM.
(A las compañías de los
Estados Unidos con marcas registradas en Cuba).
Al emitir su fallo ante la
Corte de Nueva York, la jueza Shira A. Schelndlin hizo énfasis en que "ha quedado
bien establecido que el Congreso puede aprobar una ley, que efectivamente suprima derechos
de los que las partes habrían gozado previamente con arreglo a obligaciones contra¡das
en virtud de tratados concertados por los Estados Unidos. Una ley del Congreso est
en paridad plena con un tratado, y cuando un estatuto, que es posterior en tiempo, no
esté en armonía con un tratado, el estatuto anula el tratado".
De acuerdo con esta manera
de repartir justicia, Cuba bien podría crear una ley que anule el tratado que ampara a
las 400 marcas estadounidenses registradas en la Isla.
La promulgación de la
"Sección 211" es, simplemente, el último episodio de la campaña de Bacardí,
compañía que ha utilizado el sistema judicial de los Estados Unidos para obtener una
ventaja competitiva sobre un rival comercial.
Las recientes acciones,
incluyendo el fallo en el juicio, no afectan sólo a Havana Club. Ellas ponen en peligro a
todas las marcas de compañías estadounidenses registradas en Cuba y podrían caotizar
todo el sistema internacional actualmente vigente, el cual implica a Europa y América
Latina.
Los daños no terminaron en
el Tribunal. La última pérdida puede ser la de todos los norteamericanos que se
benefician con la aplicación de las normas internacionales sobre la propiedad industrial.
Las mismas que han sido burladas, groseramente, por el Gobierno de los Estados Unidos.
Veremos qué ocurre...
Notas:
(1) A
Bacardí le hace daño el Havana Club, en Granma, enero de 1999.
(2) En
Cuba News, noviembre de 1998.
(3)
Havana Club pugna por su cubalibre, Mauricio Vicent, El Pa¡s, 10 de enero de
1999.
(4)
Connie Mack ha contado con el apoyo de su colega Bob Graham, ambos son senadores de la
Florida.
(5) El
23 de abril de 1999, Havana Club Holding anunció su decisión de apelar el fallo emitido el pasado 13 de abril por la
Corte Distrital para el Sur de Nueva York.
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